25 de mayo de 2010

El Fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación sobre los Decretos de Ncesidad y Urgencia

En un Fallo Unánime, la Corte Suprema de Justicia de la Nación, resolvió el tema de los Decretos de Necesidad y Urgencia. Al resolver que el Poder Ejecutivo no puede dictar estos Decretos en forma discrecional. En la Resolución dice que el límite lo fija la Constitución Nacional, y radica en la División de Poderes, que no es otra cosa que la División de Funciones y el control recíproco. En otras palabras de igual significación, no se puede hacer un uso abusivo de un permiso especial, con los Decretos de Necesidad y Urgencia, que constitucionalmente fueron establecidos para casos excepcionales, que son cuando el Congreso no puede intervenir. No son para eludirlo. Interpretar lo contrario es provocar el debilitamiento del Sistema Democrático. La Corte destaca en sus argumentos que en la práctica los diferentes gobiernos incurrieron a lo largo de la historia en una sistemática extralimitación en el uso de estos Decretos. Lo confirman las cifras. La Corte con este fallo tiene como causa-fin regular el uso, y además establecer que cada poder cumpla con su rol, y no intente sobrepasar al otro. Con este fallo se fortalece el sistema Republicano y el principio de Razonabilidad.

24 de mayo de 2010

Menores y Delitos

Según las estadísticas, correspondientes, al año 2009, los menores cometen un asalto cada 3 horas en la Provincia de Buenos Aires. Esta cifra corresponde a casos denunciados. Es decir, no incluye a los delitos no denunciados. Cada 30 horas se registró un homicidio. Cuando se habla de menores nos referimos a chicos de entre 16 a 18 años. A lo largo de un día se producen 36 delitos de distinto tipo contra la propiedad, y 2 delitos contra la integridad sexual, cometidos por menores. Estos datos surgen de un informe estadístico elaborado por la Procuración General de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires. Estas causas fueron iniciadas durante el año 2009 por ante el Fuero de Responsabilidad Penal Juvenil de la Provincia de Buenos Aires, en el que son Juzgados los Menores que cometen distintos tipos de delitos, y que como dijimos son los que tienen entre 16 a 18 años. Muchos de los delitos son homicidios en ocasión de Robo, y casi siempre con el uso de distintos tipos de armas. Otros tantos delitos han ocasionado lesiones, en ocasión de Robo.

El total de causas contra la integridad sexual, durante el año 2009, alcanzó a 765, de estos 65 fueron violaciones, y 700 abusos sexuales. Si se computan las 2, o sea las violaciones más los abusos sexuales se llegan a obtener 2 causas contra la integridad sexual por día.

En lo que respecta a delitos contra la propiedad se instruyeron a lo largo del año 2009, 13079 causas, correspondiendo 4268 a robos, 4501 a hurtos, 2917 a robos con uso de armas, y 1393 a robos agravados. Con relación a los delitos relacionados con la droga (infracción a la Ley 23737) el Fuero Penal Juvenil de la Provincia de Buenos Aires inició 2216 causas durante el año 2009, lo que hace un total de 6 causas por día, y de una cada 4 horas.
En total en el Fuero Juvenil de la Provincia se abrieron 28939 causas por distintos delitos tipificados en el Código Penal, así homicidios, robos, hurtos, violaciones, abusos sexuales, entre otros. Correspondiendo 79,28 delitos por día, y uno cada 3 horas.
En lo que respecta exclusivamente a la ciudad de La Plata se iniciaron 2986 causas a menores, repito, de entre 16 a 18 años, representando el 10.32 % del total de causas abiertas en la Provincia de Buenos Aires, ubicando a nuestra región en el segundo lugar, ocupando el primero San Martín con 3496 causas, que representan el 12,08 %, en tercer lugar se ubica Lomas de Zamora con 2693 causas, que representan el 9.31%, en el cuatro a San Isidro con 2333 causas, o sea el 8.06 %, en el quinto Quilmes con 2190 (7.57%), en sexto lugar está Mercedes con 2144 (7.41%), el séptimo lo ocupa Morón con 1917 (6.62 %), el octavo La Matanza con 1749 (6.04 %), noveno está Mar del Plata con 1646 (5.69 %), décimo Bahía Blanca con 1273 (4.40 %), décimo primero Azul con 1105 (3.82 %), décimo segundo Zárate-Campana con 1006 (3.48%), décimo tercero Dolores con 931 (3.23 %), décimos cuarto Trenque Lauquen 850 (2.94 %) décimos quinto Junín 630 (2.18 %), y continua la lista.


Los Efectos Colaterales del Bicentenario

En los festejos Oficiales se ha incluido una gran porción de conflictos, conflictos que han enrarecido el festejo y demostrado la decadencia del tiempo de hoy.
Así para la cena oficial que ofreció el Poder Ejecutivo Nacional no fue invitado el Vicepresidente Julio Cobos, ni los Ex Presidentes Carlos Menem y Fernando de la Rúa, ni el Ex Presidente Provisional Eduardo Duhalde. Este es un acto insólito. No se invita por los actos de gobierno, sino por la investidura que ejercieron. El Poder Ejecutivo Nacional ha actuado de acuerdo a sus veleidades personales. Con la misma falta de ponderación a sus deberes, la Presidente decidió no asistir, y no asistió, a la tradicional función de gala del Teatro Colón, que además implicaba su reinauguración. No es menos cierto que el Jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires se comportó como un egocéntrico y arbitrario, pues trasladó sus quejas al escenario de la fiesta patriótica. No corresponde que un Jefe de Gobierno, en este caso el de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tras invitar a la Presidente a la Función de Gala en el Teatro Colón, declarare públicamente que si va con su marido tenía que sentarse al lado del esposo, Néstor Kirchner, lo cual no lo ponía contento, aunque después se halla disculpado. El Jefe de Gobierno exteriorizó una animosidad que no se corresponde con el cargo que detenta. En su manifestación incluyó una expresión no amistosa.
Simplemente, los Jefes de los distintos ejecutivos, deben callar sus sentimientos. La Señora Presidente no puede tampoco descalificar públicamente, tratando de hipócrita, la actitud del Jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. También es descalificante la no invitación al Vicepresidente como a los Ex Presidentes.
Estas conductas de líderes auto referenciales, son expresiones que rarifican la crisis dirigencial que atraviesa nuestra República, máxime cuando se encuentran en el medio las celebraciones del Segundo Centenario.
Muchos creíamos que iba a ser distinto; pero lamentablemente no fue así. Aplicando el común denominador no nos debe sorprender esta atmósfera confrontativa que se ha repetido ininterrumpidamente hasta ahora; y lo más triste es que no respetan una de las celebraciones más importantes, al no ceder, con el clima de enemistad, de ensañamiento y de enfrentamiento. Puedo afirmar que la sociedad esta preocupada, aunque esté en silencio, y los medios están en la crítica banal pues no se ocupen en exaltar las consecuencias que todo ello acarea, que no son solo a nivel nacional, sino que trascienden, y dan que hablar a la prensa extranjera. No olvidemos que en ambos actos habrá invitados extranjeros, como mandatarios, embajadores, legisladores, y representantes de distintos sectores del quehacer internacional.
Resalta, por su ausencia, la concordia que pudo haber otorgado un sello de unidad en ocasión del Bicentenario. Estos gobernantes con poder están incitando a la sociedad a dividirse. No entienden que los argentinos, como cualquier ciudadano de cualquier otro país, necesitamos vivir en paz, por lo menos, y no a leer en los diarios, y encima como notas de tapa, estas peleas insulsas cuyos protagonistas son ególatras. Debemos buscar dirigentes que estén en las antípodas, es decir, que busquen la convivencia, la concordia, que proyecten un futuro previsible. O cambian, o debemos buscar el cambio con nuevas figuras que tengan otros valores y patrones de conducta; aunque sean desconocidos. Para aprovechar las oportunidades del contexto mundial para promover el desarrollo económico, social, cultural entre otros de la Argentina. Tenemos que recuperar el sentido de la política como acción de consenso, y rechazar la fractura que se quiere implantar, y que la oposición tampoco entiende o no quiere entender o entiende pero le gustan las peleas al estilo de Aníbal Pachano y Graciela Alfano en Bailando por un Sueño. Los ciudadanos tenemos que ser la parte más importante de la solución.

2 de mayo de 2010

La Sentencia de la Corte Internacional de La Haya

La Sentencia de la Corte Internacional de Justicia de La Haya, por la Pastera Botnia, fue dictada por 15 Jueces de distintas nacionalidades, entre ellos hay un Argentino y un Uruguayo, y es el principal Tribunal de la Naciones Unidas.

La Sentencia estableció que la República Oriental del Uruguay violó al Tratado del Río Uruguay firmado en el año 1975; pero también que la Pastera No Contamina al Río Uruguay.

Esto significa decir en primer lugar que "la República Oriental del Uruguay no respetó el tratado suscripto con la Argentina por el Río Uruguay", y que solo le importó su Economía Interna. Ahora bien, la parte del Tratado del Río Uruguay que violó el País vecino, es el de la "comunicación" que debe hacer una parte a la otra de lo que va, o quiere hacer en el Río Uruguay o en sus Márgenes. En nuestro caso debió el gobierno del Uruguay comunicar al de la Argentina, a través de la “Comisión Administradora del Río Uruguay”, por ser un río compartido por ambas naciones, que le importaba construir dos Plantas de Celulosa. No Debemos olvidar que en un comienzo eran dos –Botnia y Ence. La comunicación, a la que se hace referencia, es para que las partes se reúnan y se informen que se quiere hacer, ya sea por una de ellas o por las dos, esto independientemente de que acuerden o no. Esto último es otro tema que también deberá ser explicado en otra oportunidad, pues creo que no es este el espacio. Continuando con el tema en cuestión se debe decir que el Gobierno de la República Uruguaya no puso en marcha los mecanismos del Tratado, es decir, autorizó en forma directa, o mejor dicho unilateralmente, la construcción de las Pasteras. De las cuales solo Botnia la inició y terminó de construir, como que comenzó a funcionar el Fray Bentos en Noviembre del año 2007.

Con relación al otro punto, al de la “Contaminación”, la Sentencia dice que el Río Uruguay está Contaminado; pero no por Causa de la Planta de Celulosa Botnia. En otras palabras, el Río Uruguay está contaminado pero no por las descargas que realiza la Pastera Botnia en dicho Río. ¿Como se llega a esta conclusión? La respuesta es simple: Por las pruebas aportadas. Es decir, no se acreditó por la Argentina que las descargas excedían los límites establecidos por las reglamentaciones internacionales. Por lo resuelto, no existieron causas para ordenar el desmantelamiento de la planta, ni ordenar el cese de su funcionamiento.

También debemos saber que la sentencia dictada es inapelable, -porque no hay tribunal superior al que la dictó, por consiguiente, es obligatoria y vinculante.

Ahora conforme al fallo hay que seguir de la siguiente forma:
1) Ambos países deben trabajar en forma conjunta, para controlar que la pastera cumpla con las normas de seguridad preestablecidas internacionalmente, es decir, que no Contamine
2) Ambos países deben monitorear, también, en forma conjunta el impacto ambiental que puede o pudiere producir la fabricación de la Pasta de Celulosa.

La sentencia, hay que reconocerlo, nos deja las siguientes enseñanzas:
1) La de respetarse como Países.
2) La de respetar ambos a las Instituciones. En este caso en particular deben hacerlo con los Tratados que firman.
3) Deben cumplirse las sentencias, en nuestro caso deben cesar los Cortes de Ruta. No se puede seguir actuando por las vías de hecho -querer seguir haciendo justicia por mano propia. Pues hay un fallo que para muchos puede ser injusto; pero hay un fallo que debe ser acatado, y debe ser cumplido, máxime porque no hay más instancias a donde recurrir.
4) Que las pruebas constituyen la parte más importante para resolver cualquier conflicto. Si no se ofrecen, o se las ofrece mal, o las que se ofrecen no son suficientes, es decir, no alcanzan a probar los hechos en conflicto -en nuestro caso que las desacargas de Botnia contaminaban; como que las partes -Argentina y Uruguay- son las que las aportaron y que cada una lo pudo hacer libremente, para si poder acreditar los hechos y el derecho en que fundaron sus reclamos y defensas.
Aunque no nos guste, Argentina no probó que Botnia contaminaba, y Uruguay sí.